Sueldo mínimo en Chile 2026: monto bruto y líquido
El monto vigente, un ejemplo de líquido con los descuentos legales y el tope de la gratificación legal.
Cuánto es el sueldo mínimo en Chile en 2026
La Ley 21.830, publicada en el Diario Oficial el 22 de junio de 2026, reajustó el ingreso mínimo mensual a partir del 1 de mayo de 2026. Los montos vigentes son:
| Grupo | Ingreso mínimo mensual |
|---|---|
| Trabajadores de 18 a 65 años | $553.553 |
| Menores de 18 años y mayores de 65 años | $412.938 |
| Fines no remuneracionales | $356.815 |
La misma ley establece que desde el 1 de enero de 2027 el monto para trabajadores de 18 a 65 años se reajustará según la variación del IPC entre mayo y diciembre de 2026. Ese valor aún no se conoce.
De sueldo mínimo bruto a líquido
El ingreso mínimo es un monto bruto. Para saber cuánto llega a la cuenta hay que descontar las cotizaciones del trabajador: 10 % de pensiones más la comisión de la AFP, 7 % de salud y, con contrato indefinido, 0,6 % de seguro de cesantía. Para el ejemplo suponemos una comisión de AFP de 1,00 %. Es un valor hipotético, y la comisión real depende de tu AFP.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Sueldo bruto | $553.553 |
| AFP 10 % | $55.355 |
| Comisión AFP (ejemplo 1,00 %) | $5.536 |
| Salud 7 % | $38.749 |
| Seguro de cesantía 0,6 % | $3.321 |
| Total descuentos | $102.961 |
| Sueldo líquido aproximado | $450.592 |
A este nivel de ingreso no corresponde impuesto único de segunda categoría, porque el monto queda muy por debajo del tramo exento. Si el plan de salud es una Isapre que cuesta más del 7 %, la diferencia reduce el líquido. Para otros sueldos puedes usar la calculadora del sitio.
La gratificación legal y el sueldo mínimo
La gratificación legal es un pago adicional que deben hacer los empleadores con fines de lucro que llevan contabilidad y obtienen utilidades. Según la Dirección del Trabajo, el empleador elige entre dos sistemas. El artículo 47 reparte al menos el 30 % de las utilidades líquidas entre los trabajadores. El artículo 50 paga el 25 % de las remuneraciones devengadas en el año, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales por trabajador.
Con el ingreso mínimo actual, ese tope equivale a unos $2.629.377 al año, o unos $219.115 al mes (cálculo propio: 4,75 × $553.553, dividido en 12). El tope se calcula con el ingreso mínimo vigente al 31 de diciembre, así que el monto puede cambiar con el reajuste de enero de 2027. La gratificación debe pagarse a más tardar en abril del año siguiente.
Qué conviene revisar en tu contrato
- Que el sueldo base pactado no sea menor al ingreso mínimo que corresponde a tu edad y jornada.
- Si tu contrato incluye gratificación mensual o anual, y bajo qué sistema.
- Si tu jornada es parcial, porque el ingreso mínimo se proporciona a las horas pactadas. Para ese caso consulta a la Dirección del Trabajo, porque esta guía no cubre jornadas parciales.
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado laboral ni la consulta a la Dirección del Trabajo, que atiende en el teléfono 600 450 4000.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el sueldo mínimo en Chile en 2026?
$553.553 para trabajadores de 18 a 65 años, desde el 1 de mayo de 2026, según la Ley 21.830. Para menores de 18 y mayores de 65 años es $412.938.
¿Cuánto es el sueldo mínimo líquido?
Con una comisión de AFP hipotética de 1,00 % y contrato indefinido, unos $450.592. El monto exacto depende de tu AFP y de tu plan de salud.
¿El sueldo mínimo se reajusta en enero de 2027?
Sí. La Ley 21.830 dispone que desde el 1 de enero de 2027 se reajusta según la variación del IPC entre mayo y diciembre de 2026.
¿Cuál es el tope de la gratificación legal?
En el sistema del artículo 50, el tope es 4,75 ingresos mínimos mensuales por trabajador al año, según la Dirección del Trabajo.
Fuentes consultadas
- Diario Oficial de la República de Chile, 22 de junio de 2026, N.° 44.481-B: Ley 21.830, que reajusta el ingreso mínimo mensual.
- Dirección del Trabajo, página La Gratificación Legal: sistemas de los artículos 47 y 50 y tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales.
- Superintendencia de Pensiones: cotizaciones del trabajador (10 % pensiones, 7 % salud, 0,6 % seguro de cesantía).