Calculadora de Vacaciones Proporcionales
Calcula cuántos días de vacaciones has generado en el período en curso y cuánto se pagan, según la ley de Chile, Colombia, Argentina, México, Perú, Ecuador, Panamá o Costa Rica. Con el cálculo paso a paso para que lo puedas verificar.
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Lo más exacto es revisar tus comprobantes de feriado o pedirle el registro a Recursos Humanos. Tu empleador debe llevarlo.
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Cuentan los años de trabajo para uno o más empleadores, continuos o no, siempre que se hayan acreditado con cotizaciones o certificados.
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Estimación referencial, no es una liquidación oficial ni asesoría legal. No considera convenios colectivos, beneficios adicionales del contrato, jornadas especiales ni remuneraciones variables, que pueden cambiar los días o la base de cálculo. Confirma el resultado con tu empleador o con la autoridad laboral de tu país.
Cómo funcionan las vacaciones proporcionales
Las vacaciones se ganan por período de trabajo, normalmente un año desde el ingreso. Cuando el contrato termina a mitad de período, el trabajador conserva el derecho a la fracción que ya generó, y el empleador la paga en dinero. La fracción se calcula con una regla de tres: el derecho anual dividido por la duración del período, multiplicado por el tiempo trabajado.
Las diferencias entre países están en tres puntos: cuántos días corresponden al año, qué se cuenta como día de vacaciones (hábiles, corridos o laborables) y cómo se valora cada día. Por eso la misma antigüedad da resultados distintos en cada lugar.
Regla de cada país
| País | Derecho anual | Cómo se prorratea y se paga | Base legal |
|---|---|---|---|
| Chile | 15 días hábiles por año completo. Con 10 años de trabajo (con uno o más empleadores), 1 día más por cada 3 años nuevos; el feriado progresivo se debe acreditar ante el empleador. | 1,25 días hábiles por mes desde el último aniversario. Se pagan en días corridos a un treintavo del sueldo por día. | Código del Trabajo, arts. 67, 68 y 73 |
| Colombia | 15 días hábiles | 15 días por cada 360 días trabajados. Pago: sueldo × días trabajados ÷ 720. | Código Sustantivo del Trabajo, art. 186 |
| Argentina | 14, 21, 28 o 35 días corridos según antigüedad al 31 de diciembre | Días del año × días trabajados del año ÷ 365. Pago: sueldo ÷ 25 por día. | Ley de Contrato de Trabajo, arts. 150, 155 y 156 |
| México | 12 días el primer año, +2 por año hasta 20, luego 22 a 32 por tramos de 5 años | Días del año de servicio × días trabajados ÷ 365. Pago: sueldo diario por día, más prima vacacional de al menos 25 %. | Ley Federal del Trabajo, arts. 76 y 80 |
| Perú | 30 días calendario | Un dozavo por mes completo y un treintavo de ese dozavo por día, con al menos un mes de servicio. | Decreto Legislativo 713, art. 22 |
| Ecuador | 15 días corridos, +1 por cada año sobre cinco, hasta 15 adicionales | Días del período × días trabajados ÷ 365. Pago: un treintavo del sueldo por día. | Código del Trabajo, arts. 69 y siguientes |
| Panamá | 30 días por cada 11 meses de trabajo | 1 día de vacaciones por cada 11 días trabajados. Pago: un treintavo del sueldo por día. | Código de Trabajo, art. 54 y siguientes |
| Costa Rica | 2 semanas por cada 50 semanas de trabajo continuo | 1 día por cada mes completo trabajado. Pago: un treintavo del sueldo mensual por día. | Código de Trabajo, arts. 153 a 161 |
Los derechos anuales de Chile, Colombia, Argentina, México y Costa Rica se contrastaron con fuentes oficiales o de especialistas laborales. Los criterios de prorrateo (por ejemplo, dividir en 365 días en Argentina, México y Ecuador, o contar el mes completo en Perú y Costa Rica) son los de uso habitual en la liquidación y pueden variar según el empleador o la autoridad. Para un caso concreto, valida la cifra con la autoridad laboral de tu país.
Preguntas frecuentes
¿Qué son las vacaciones proporcionales?
Son los días de descanso que ya generaste en el período vacacional en curso y que aún no cumple un año completo. Si el contrato termina antes de completar el período, el empleador los paga en dinero en el finiquito o la liquidación. En el resto de los casos puedes tomarlos como días de descanso.
¿Cómo se calculan?
En todos los países se parte del derecho anual y se prorratea por el tiempo trabajado desde el último aniversario o período vacacional. Lo que cambia es el derecho anual (15 días hábiles en Chile y Colombia, 30 días en Perú, 14 a 35 días en Argentina, 12 a 32 en México), la unidad de tiempo y la fórmula del pago. La tabla de esta página resume la regla de cada país.
¿Qué remuneración se usa para el monto?
La calculadora usa la remuneración mensual que ingreses y un valor diario equivalente a un treintavo (un veinticincoavo en Argentina). Si tu sueldo tiene partes variables, la ley de varios países usa un promedio de los últimos meses, por lo que el monto real puede ser distinto. Para el finiquito oficial confirma la base con tu empleador.
¿Los días ya tomados se descuentan?
Sí. Ingresa los días que ya tomaste en el período en curso y, aparte, los días de años anteriores que aún no tomaste. El resultado suma los días pendientes del período en curso y los de años anteriores.
¿Esta calculadora reemplaza el finiquito o la liquidación oficial?
No. Es una estimación referencial. No considera convenios colectivos, contratos con más beneficios ni jornadas especiales, y cada país tiene criterios propios que un empleador o la autoridad laboral pueden aplicar de otra forma.
Guías y fuentes
- Finiquito en Chile: plazos, pago e indemnización por años de servicio
- Días corridos y días hábiles en Chile
- Dirección del Trabajo de Chile: término de contrato y finiquito
- Dirección del Trabajo, Dictamen ORD. 6017/310 (1997): al término del contrato se pagan todos los períodos de feriado acumulados, incluso más de dos. Reafirmado por el ORD. 1751/35 de 2022.
- Dirección del Trabajo, Dictamen ORD. 3838/192 (2002): los días del feriado progresivo se suman al pago al término del contrato.
- Código del Trabajo de Chile (Biblioteca del Congreso Nacional)